Informamos que aquí podrán encontrar el listado de Proyectos adjudicados por comuna y regionales.
Cualquier personas que tenga alguna consulta o duda más extensa, o que requiera de una respuesta formal, puedan usar el correo electrónico consultasfndr2024@gobiernosantiago.cl para comunicárnosla.
Listado Proyectos Comunales
Circunscripción | Archivo con Listado Comunal | Resolución Aprobatoria |
Chacabuco | Chacabuco.pdf | RESOLUCION_EXENTA_N_1395_F_20240729 |
Cordillera | Cordillera.pdf | |
Maipo | Maipo.pdf | |
Melipilla | Melipilla.pdf | |
Santiago I | Santiago-I.pdf | |
Santiago II | Santiago-II.pdf | |
Santiago III | Santiago-III.pdf | |
Santiago IV | Santiago-IV.pdf | |
Santiago V | Santiago-V.pdf | |
Santiago VI | Santiago-VI.pdf | |
Talagante | Talagante.pdf |
Listado Proyectos Regionales
Tipo | Archivo con Listado Regional | Resolución Aprobatoria |
Regional | Regional.pdf | RESOLUCION_EXENTA_N_1396_F_20240729 |
¡ATENCIÓN!
Informamos que la fecha de entrega de los resultados de los proyectos seleccionados del “Fondo Comunidad Activa 8%” será el día 29 de julio del 2024.
"Si alguna de las fechas indicadas cae en día inhábil, festivo o feriado, el plazo se prolongará hasta el día hábil inmediatamente siguiente. Una vez publicado el presente instructivo, el calendario con fechas de cada etapa se publicará en la página web del Gobierno Regional."
¡ATENCIÓN!
Se publica el listado actualizado de iniciativas Pre Seleccionado, Revisadas con Observaciones y No Admisibles, así como el acta del comité técnico.
Recordar que la fecha límite para subsanar observaciones es hasta el 03 de junio 2024 hasta las 23:59 horas.
ACTA N°3 COMITÉ TÉCNICO AQUÍ
LISTADO ACTUALIZADO SEGÚN ACTA N°3 COMITÉ TÉCNICO AQUÍ
¡AVISO!
Debido a la resolución Exenta N°977 la fecha límite para subsanar observaciones es hasta el 07 de junio 2024 hasta las 23:59 horas.
Estimadas Organizaciones Postulantes al FNDR 8% 2024:
Aquellos Proyectos que hayan quedado en la categoría NO ADMISIBLE en el listado de resultados al Fondo Comunidad Activa 8% FNDR 2024 publicado en plataforma y tengan inquietudes en relación a su resultado, deben dirigir sus preguntas al correo consultasfndr2024@gobiernosantiago.cl y serán respondidas a la brevedad.
NO PUEDEN POSTULAR
a. Instituciones Privadas con fines de lucro.
b. Las autoridades y directivos del Gobierno Regional y el Consejo Regional. Organizaciones que en cuyos estatutos figuren como miembros a cualquier título, personal del Gobierno Regional, del Consejo Regional o Consejeros Regionales, cualquiera sea su situación contractual, incluido personal a honorarios, y los que tengan la calidad de cónyuge, conviviente civil, o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad inclusive, o tengan hijo o hija en común, con los miembros del directorio o de los ejecutivos o administradores principales de una institución privada que forme parte de un proceso concursal.
c. Personas que cumplan labores en el servicio de consultoría del programa de transferencia asistencia técnica para el presente concurso.
d. Los Ministerios, Órganos y Servicios Públicos (incluyendo la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales y las Empresas Públicas creadas por Ley). Se exceptúan de esta restricción las Municipalidades y Corporaciones Municipales sólo en las líneas de financiamiento de la letra c. numeral 1 anterior.
e. Instituciones o representantes legales que adeuden fondos del Gobierno Regional, como causa de una devolución o reintegro de un convenio no ejecutado, total o parcialmente, o se le haya puesto término anticipado al convenio por incumplimiento de obligaciones y/o que se le haya tenido que ejecutar la garantía, u otra causa imputable.
CRONOGRAMA
Etapa |
Acción |
Plazos |
Fecha Estimada |
Primera |
Recepción de Postulaciones (En esta Etapa también se realizarán talleres de orientación y postulación)
|
45 días corridos desde la fecha de publicación de las presentes bases. |
22 de febrero al 08 de abril |
Segunda |
Revisión de postulaciones y entrega de observaciones
|
30 días corridos contados desde el día siguiente a la fecha de cierre de recepción de postulación
|
09 de abril al 08 de mayo |
Tercera |
Publicación listado de iniciativas Preseleccionadas, inadmisibles y Revisadas con Observaciones
|
2 días corridos |
09 de mayo al 10 de mayo |
Cuarta |
Ingreso de Respuesta a observaciones (Solo para iniciativas que han sido declaradas revisadas con observaciones) |
24 días corridos desde la fecha de publicación del listado de iniciativas preseleccionadas y revisadas con observaciones |
|
Inicio Postulación 2024
El Fondo Comunidad Activa, es parte del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), y se enmarca en las facultades que le otorga la Ley sobre Presupuesto Nacional para el año 2024 a los Gobierno Regionales.
El monto a financiar para cada iniciativa dependerá de su alcance. Considerando el alcance de las iniciativas se establecen tres categorías de proyectos, estas son:
- Comunal: Se refiere a iniciativas cuyas actividades se ejecutarán en una sola comuna. Para este tipo de iniciativas el monto mínimo de la iniciativa, será de $500.000 y el monto máximo será de $10.000.000, esto considera el monto solicitado al Fondo Regional de Actividades y el aporte financiero de la institución, si es que la iniciativa lo contempla.
- Regionales: Considera iniciativas cuyas actividades se ejecutarán de manera presencial de 2 o más comunas de la Región Metropolitana. Para este tipo de iniciativas el monto mínimo de la iniciativa, será de $10.000.001 y el monto máximo será de $75.000.000, esto considera el monto solicitado al Fondo Regional de Actividades y el aporte financiero de la institución, si es que la iniciativa lo contempla.
* El plazo para postular vence el lunes 08 de abril a las 23:59 horas.
* Considerar que las actividades planificadas en su proyecto comiencen no antes del 15 de septiembre 2024
- QUIENES PUEDEN POSTULAR
Será requisito fundamental para la postulación de una iniciativa que la institución que la presente cuente con una personalidad jurídica con más de 2 años de vigencia al momento de la publicación del presente instructivo.
- Organizaciones funcionales y territoriales de la Región Metropolitana, regidas por La ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, con personalidad jurídica vigente no inferior a dos años al momento de la publicación del presente instructivo y con domicilio en la Región Metropolitana de Santiago.
- Instituciones Privadas sin fines de lucro (fundaciones, corporaciones, ONGs,), con personalidad jurídica vigente no inferior a dos años al momento de la publicación del presente instructivo.
- Municipios y/o Corporaciones Municipales: Sólo en las siguientes líneas (i) la línea de financiamiento para protección del medioambiente y de educación ambiental; (ii) asociados con adopción, rescate, atención y tratamiento veterinario, y gestión de residuos de animales, (iii) culturales y (iv) deportivas.
- QUIÉNES NO PUEDEN POSTULAR
Instituciones Privadas con fines de lucro.
- Las autoridades y directivos del Gobierno Regional y el Consejo Regional. De la misma forma son incompatibles para postular las organizaciones que en cuyos estatutos figuren como miembros a cualquier título, personal del Gobierno Regional, del Consejo Regional o Consejeros Regionales, cualquiera sea su situación contractual, incluido personal a honorarios,, y los que tengan la calidad de cónyuge, conviviente civil, o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad inclusive, o tengan hijo o hija en común, con los miembros del directorio o de los ejecutivos o administradores principales de una institución privada que forme parte de un proceso concursal.
- Personas que cumplan labores en el servicio de consultoría del programa de transferencia asistencia técnica para el presente concurso.
- Los Ministerios, Órganos y Servicios Públicos (incluyendo la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales y las Empresas Públicas creadas por Ley). Se exceptúan de esta restricción las Municipalidades y Corporaciones Municipales sólo en las líneas de financiamiento de la letra c. numeral 1 anterior.
- No podrán postular las instituciones o representantes legales que adeuden fondos del Gobierno Regional, como causa de una devolución o reintegro de un convenio no ejecutado, total o parcialmente, o se le haya puesto término anticipado al convenio por incumplimiento de obligaciones y/o que se le haya tenido que ejecutar la garantía, u otra causa imputable.
El monto máximo a financiar por proyecto en millones es de:
Proyectos Comunales
Proyectos Regionales